Precios y condiciones
| |
Enero a Julio
Septiembre a Diciembre |
Agosto
Puentes, Navidad |
5 al 14 de julio |
| 2 noches |
290 |
390 |
Consultar |
| 7 noches |
550 |
690 |
Consultar |
| Noche extra |
55 |
60 |
Consultar |
|
El precio incluye sábanas, toallas, agua caliente y fria, electricidad y calefacción. El cambio de toallas y sábanas es semanal.
Estancia mínima dos noches excepto en puentes, Semana Santay Navidad.
Consultar precios especiales para largas estancias.
Los precios incluyen el IVA.
Condiciones de reserva según el Decreto Foral 243/1999 que regula el alojamiento en casas rurales en Navarra:
Entrada y salida de los clientes.
En defecto de pacto expreso entre las partes se entenderá que el alojamiento deberá estar disponible para su ocupación por los clientes a las 17 horas del día establecido por las partes. Igualmente se entenderá que el cliente deberá haber abandonado el establecimiento antes de las 12 horas del día fijado para su marcha.
Será obligación de los clientes el devolver la vivienda en las condiciones de limpieza, funcionamiento y uso en que fue entregada la vivienda.
Regimen de reserva de plazas de alojamiento:
En ausencia de pacto expreso entre las partes, se entenderá que ambas partes han convenido las siguientes normas sobre el régimen de reserva de plazas de alojamiento:
a) El anticipo o señal podrá alcanzar como máximo un 40% del importe que resulte en razón a las plazas y número de días por los que se efectue la reserva.
b) Si el desistimiento o anulación se comunica con más de 7 y menos de 15 días de antelación al señalado para la ocupación, el propietario podrá retener el 50% del importe del deposito.
c) Si la anulación se comunica al alojamiento turístico rural dentro de los 7 días anteriores al señalado para la ocupación quedará a disposición del propietario la cantidad recibida en concepto de señal o deposito.
d) Si los clientes, sin previo aviso, no llegan antes de las 20 horas del día señalado para el comienzo de la estancia, se entenderá anulada la reserva, salvo que previamente se concrete entre el cliente y el propietario una hora de llegada posterior.
e) Si efectuada la reserva, la alojamiento turístico rural no pudiera llevarla a la práctica llegado el día fijado, deberá indemnizar al cliente por todos los perjuicios ocasionados que resulten debidamente acreditados, independientemente de las sanciones administrativas que procedan.
En los casos de resolución, anulación y cancelación de la reserva de plazas de alojamiento, y en defecto pacto expreso entre las partes, se entenderá que son de aplicación supletoria los preceptos de la Ley 21/1995, de 6 de julio, de Viajes Combinados que regulan dichos supuestos respecto del contrato de viajes combinados.
No se podrán introducir en las instalaciones comunes animales o cosas que dificulten o causen molestias y se deberá hacer en todo momento buen uso de las instalaciones.